:.

Francesca GARGALLO, “Derechos humanos de las mujeres: hacia una ética sexuada”, participación en las clases preparatorias a la Maestrría en derechos Humanos de la UACM, 2009.

____________

 

Derechos humanos de las mujeres: hacia una ética sexuada

Francesca Gargallo§

 

Antes que nada, quisiera decirles que es la primera vez en tres años que acepto volver a presentar algunas ideas acerca de los derechos humanos de las mujeres, que lo hago sin tener realmente resuelto el conflicto entre normatividad y libertad que me alejó del tema, pero que agradezco a las y los compañeros de la SECNA y de la UCM que me pidieron venir aquí hoy porque considero urgente reiterar la indisolubilidad en el seguimiento de todos los derechos humanos para que cada uno de ellos pueda considerarse respetado.

    Voy a empezar por el último punto. Dependiendo de las escuelas, los derechos humanos han sido reunido y catalogados según su aparición histórica en el debate sobre la justicia necesaria para una vida humana digna (derechos de primera, segunda y tercera generación) o según la ideología principal en que se sustentan al ser formulados (a la primera generación pertenecerían los derechos liberales centrados en las garantías del individuo, a la segunda los derechos sociales y a la tercera los derechos culturales y ambientales). Cualquiera que sea la escuela que nos los presenta dará por sentado que estos derechos no tienen jerarquía alguna y sólo hay respeto a los derechos humanos ahí donde todos están siendo respetados. Por ejemplo, de ninguna manera puede decirse, por lo menos teóricamente, que la privación ilegal de la libertad por parte de una autoridad reconocida es un delito más grave que la destrucción de un hábitat donde se desenvuelve una población según sus pautas culturales. Sin embargo, esta indistinción de importancia no es prácticamente respetada por motivos diversos, sean éstos de orden económico, ideológico o de práctica.

    La no distinción de valor entre los derechos humanos es de fundamental relevancia en un momento en que los derechos al trabajo, la salud, la educación y la participación en las decisiones políticas son presentados por ciertas corrientes de pensamiento como obstáculos para el desarrollo económico, pretendiendo que la “desregularización” es necesaria para el repunte de la actividad productiva. Es vital insistir sobre la indisolubilidad de los derechos humanos cuando, frente a la injusticia creciente, las universidades, las agencias de financiamiento, las organizaciones no gubernamentales y los estados deciden escoger un grupo de derechos para enfocar la propia acción, convirtiendo esa parte en el todo y omitiendo su interrelación con los demás.[1] Así tenemos asociaciones de especialistas que combaten la tortura, pero no pueden relacionarla con el femicidio;[2] ONGs que combaten la impunidad policíaca sin defender el derecho de las personas a no ser discriminadas por motivos de sexo, edad, color, religión, preferencia sexual, nivel educativo o económico. En particular es muy grave que los derechos humanos de las mujeres, que ahora veremos por qué siendo derechos humanos son vistos como un tipo de derechos ajenos a la humanidad en su conjunto, se están convirtiendo en unos derechos que las ONGs de derechos humanos no quieren defender ya que existen agencias especializadas que atienden la situación legal, económica y cultural de las mujeres. Aunque se escudan tras la verdad que las agencias de financiamiento pagan sólo los proyectos enfocados a la población con la que la organización trabaja, hay por detrás una separación por áreas de interés y acción que vuelve imposible reconocer a todos los derechos humanos como tales.

   En particular, esta parcelación sirve para ratificar que el irrespeto a los derechos de las mujeres es asunto de las mujeres y no de la humanidad. La trampa del igualitarismo es tal que propone la igualdad de las mujeres en cuanto hombres y la niega frente a la obviedad que las mujeres no lo somos. Somos como hombres para ser explotadas laboralmente, pero no lo somos para reclamar justicia frente al asesinato de mujeres por ser mujeres; somos como hombres para emitir el voto, pero nuestra vida sexual es cuestionada para ser votadas; somos como hombres en la norma, menos en lo referente al derecho de regirnos según nuestras opiniones en nuestra especificidad de mujeres (maternidad, aborto).

     La indisolubilidad de todos los derechos humanos me lleva de la mano a la definición de los derechos humanos de las mujeres como derechos humanos. Mi derecho a la integridad física pasa por una definición de la violencia que no es la misma cuando se ejerce contra una mujer y cuando contra un hombre. Dos ejemplos: uno, durante las guerras, las mujeres de un país invadido, además de muertas en los combates y por bombardeos y hambre, son víctimas de violencia sexual y prostitución forzada por parte de los soldados invasores; dos, en las familias, la violencia contra las niñas y las mujeres trasciende los golpes, las prohibiciones y aun la muy frecuente violencia sexual, asentándose en la denigración de su cuerpo, su fuerza y sus capacidades vitales por ser mujeres. “No hay dinero para que estudies porque tu hermano está en la universidad”, nada tiene que ver con el sentido común, es una afirmación discriminadora, es decir una violación a la integridad física, moral e intelectual de una mujer en el ámbito de lo familiar, ejercida por la autoridad del padre o de quien lo representa.

    Lo que es violencia contra una mujer sólo puede entenderse en el análisis de cómo se construyen las jerarquías dentro de una determinada cultura, y las jerarquías sexuales son las más comunes y segregadoras. El hecho mismo que hay legisladores que opinan que la discriminación contra las mujeres termina ahí donde las mujeres son tratadas como hombres, impone una discriminación hacia todas las construcciones de las mujeres en cuanto mujeres. Piensen como las artes de las mujeres son consideradas parte de sus “labores”: el tejido que ha vestido a la humanidad por siglos, la cocina que ha permitido su sobrevivencia, la costura, la alfarería, el cuidado de los niños y de los ancianos no son leídos como sus derivados masculinos de industria textil y alimentaria, escultura, pedagogía o geriatría.

    En México, de cada diez asesinatos de mujeres sólo se llega a la detención y castigo de dos culpables, generalmente un familiar; pero si una mujer asesina a un hombre recibe el 40 por ciento más de la pena por homicidio que un hombre, so pretexto que había premeditación porque, en la inmensa mayoría de los casos, éste había sido por años su victimario de violencia intrafamiliar. ¿Doble moral? Seguro, una normatividad que reproduce la jerarquía de valores entre lo considerado legítimamente masculino, mismo que determina el derecho, y lo asignado al deber ser de la mujer, portadora de una inferiorización cultural que actúa en su detrimento. No olvidemos que, hasta 1946, a los derechos humanos se les llamó derechos del hombre, porque sólo éste era ciudadano, es decir portador de la responsabilidad política que, a su vez, le otorgaba libertad e igualdad en el ámbito público (con sus iguales: otros hombres de su propio país y condición).

    Fue necesario reivindicar la politicidad del ámbito privado, como lo hicieron las feministas en los años de 1960-70, para percatarnos de la existencia de autoridades diversas, no sólo emanadas del estado, capaces de reprimir la libertad, la integridad y los derechos culturales del sector mayoritario de la población: las mujeres. Estas autoridades eran reconocidas por los usos y costumbres de las sociedades, occidentales y no, y ejercían su poder en los ámbitos privado e íntimo, sobre los que el estado no intervenía para no limitar ahí los privilegios de los hombres adultos. Hoy es evidente que donde existen privilegios se irrespetan los derechos, porque el privilegio implica siempre una exclusión; sin embargo, hace cuarenta años los privilegios masculinos eran todavía vividos como una emanación de algún tipo de “derecho natural”: por ejemplo, se consideraba “natural” que un hombre fuera atendido por las mujeres al interior de la familia. No había reciprocidad en las labores domésticas; a la vez, éstas eran vistas ambiguamente como el trabajo, el deber, y la prueba del “natural” apego de las mujeres a la reproducción y la reposición de la vida.[3]  El fenómeno de la “naturalización” de las mujeres es producto del mismo proceso que dio lugar a la doble moral.

     La doble moral se manifiesta en los dos correlatos de la normatividad que la hacen efectiva: la interpretación de la ley por parte de un cuerpo especializado de profesionales (jueces), que ha estudiado en escuelas marcadas por la jerarquización del saber masculino, y la aplicación de las sanciones por infringir las leyes por otro grupo de trabajadores especializados formados en la represión del delito más que en su prevención y el entendimiento de sus causas. Las mujeres son el grupo ciudadano que menos denuncia un abuso en la calle y en la casa por el cuestionamiento al que se ven sometidas por los encargados de recoger su denuncia. Preguntas como “¿qué hacía usted en la calle a las 10 de la noche?” o “¿no lo hizo usted enojar?” son implícitos reproches a la conducta femenina, que el ministerio público no considera inadecuado expresar cuando una mujer va a denunciar un asalto o la violencia intrafamiliar.

    En su Historia de la sexualidad, Michel Foucault insiste en que los poderes que formulan la ley y ejercen su interpretación y práctica se sostienen en una historia (o tradición) del poder que se basa en una moral de la virilidad. Esto es, una moral sexuada en masculino entendida como el elemento ideal sobre el que se construye el sistema legal. De hecho, se reduce a la templanza viril, o abstinencia del placer como tentación.[4] Se trata de una moral sexuada pero asimétrica que no contempló una ética de las mujeres, una ética de las/os hermafroditas, una ética de las personas sexualmente activas, para la fijación de las reglas de conducta de las personas en sociedad. La autorrepresión masculina, convertida en norma de control de la autoridad públicamente reconocida entre los antiguos griegos, romanos y cristianos, impulsaba exclusivamente a los hombres libres a hacer de su vida una obra con ciertos valores estilísticos. Sin embargo, sometió a las personas hacia las que no estaba dirigida. Esta moral, escribe Foucault, era “pensada, escrita y enseñada por hombres… Moral viril en la que las mujeres sólo aparecen a título de objetos o cuando mucho compañeras a las que hay que formar, educar y vigilar, mientras están bajo el poder propio, y de las que hay que abstenerse cuando están bajo el poder de otro (padre, marido, tutor)”.[5]

    Creo que los mecanismos de autorregulación impositiva del grupo de personas que, detentando el poder, quiso garantizar su transmisión sólo a su interior, fueron los que llevaron a identificar la moral con la austeridad sexual. Éstos nos sirven para explicarnos qué hay detrás de la normatividad compulsiva que rige la búsqueda de la justicia en nuestras sociedades, mucho más que la simple identificación de la opresión sexual con el sistema de “géneros”,[6] es decir con las pautas de conducta impuestas según la necesidades sociales, religiosas y culturales de lo que cada sociedad espera de las mujeres y de los hombres, clasificados por sus cuerpos sexuados. Los géneros son producto de los mecanismos de autorregulación, no están en su origen.

   Asimismo, la autorregulación restrictiva, que quita a los hombres placer para darles poder, sigue otorgando a la ley que ha heredado su moral, el derecho de vigilar (objetivar) a las mujeres mediante las personas encargadas de aplicarla (de ahí que sigan existiendo ministerios públicos que averiguan si la mujer no “provocó” una violación). Las mujeres no son realmente contempladas por la ley porque no era a ellas que estaba destinada la moral que sostiene su base. Este hecho, injusto y discriminador, cobija, sin embargo, los dos rostros de la otredad: el rostro sometido del otro como no humano, y el rostro rebelde del otro portador de una alternativa. Las mujeres, ajenas a la formulación de la austeridad moral como pauta virtuosa[7] de convivencia, se sienten profundamente enfrentadas con las relaciones concretas que en nombre de ésta se imponen: dudan siempre de que la esposa para ser compañera privilegiada del hombre deba ser brutalmente separada de las otras mujeres, de que los hijos que ella pare no se relacionen con su historia sino con la del padre, del porqué en el juego de la vida y la muerte en las sociedades morales se otorga mayor prestigio a quien impone la muerte que a quien otorga la vida, etcétera.

    La original asimetría de la moral masculina produjo la desigualdad social entre los sexos, convertida en natural por el discurso filosófico y religioso; pero la extrañeza de las mujeres a los mandatos de esa moral permite hoy la manifestación de una historia de la diferencia sexual que salva a toda la humanidad de la obediencia ciega a la ley de la abstinencia del placer y permite el surgir de una ética de las mujeres, de las/los hermafroditas, de los hombres no autorreprimidos y de todos los antiguos subyugados (los no libres). Considero que la diferencia entre moral y ética se centra específicamente en el elemento libertario de la ética, en la capacidad de catar cada regla para actuar bien conforme al placer de vivir desde la propia condición en relación con las otras personas y la naturaleza. La ética sexuada en este sentido se contrapone a la moral de la masculinidad. Mi problema teórico, sin embargo, sigue siendo ¿cómo pensar éticamente los derechos humanos si su normatividad ha sido informada hasta ahora sólo por la moral masculina?

      Hoy sabemos, gracias a la denuncia de varias organizaciones, que hay personas en mayor desventaja, en las sociedades actuales, que las mujeres: las/los hermafroditas, a quienes se les impone un sexo legal mediante una intervención médica sin apelación en los primeros días de nacidos. Castradas o cliterectomizadas al nacer, las personas que nacieron hermafroditas son entregadas a sus familias para que puedan empadronarlas en uno de los polos del binomio sexual del registro civil: mujer u hombre. Como en la lógica aristotélica,[8] todo tercero es excluido en la lógica de los sexos asimétricamente complementarios que garantiza que el fruto de la reproducción femenina se convierta en posesión masculina.

    La ley que no puede prever otras posibilidades que dos en el registro de los sexos, de éstos sólo toma uno para construir el modelo de lo humano, el masculino, haciendo de las mujeres un conjunto que no define a la humanidad, aunque les sean necesarias. De tal modo, las mujeres al no ser hombres son no totalmente humanas y sólo pueden aspirar a asemejarse a los hombres para convertir en derechos los privilegios masculinos. Ahora bien, quien impone el modelo sabe que éste es inalcanzable y que su existencia ratifica que quien no coincide con él es incompatible. Un modelo tiene la autoridad suficiente para opacar, esconder, invisibilizar cualquier diferencia positiva, convirtiendo la diferencia misma en desigualdad. Entre desiguales, la búsqueda de la igualdad es un imperativo para la sobrevivencia, pero entre falsos iguales la reivindicación de la diferencia es un poderoso y liberador factor de no asimilación. Aquí estriba el verdadero dilema ético de los derechos humanos de las mujeres, constreñidos entre la necesidad de normar y el afán de liberarse del modelo mediante el abandono de toda ilusión de simetría entre los sexos.

     Dicho esto va a ser muy fácil demostrar que los derechos humanos de las mujeres no son considerados propios de toda la humanidad por la resistencia del modelo a aceptar que la humanidad es un compuesto de elementos constitutivos diferentes entre sí. Las mujeres no son una minoría, más bien constituyen una mayoría minorizada, como los pobres en los índices de crecimiento económico. Quisiera postular aquí que han sido minorizadas porque no tenían el poder en la construcción de la organización social; hasta aquí no soy muy original, pero no voy a deducir de ello que eran débiles, sino que se negaron a pagar el precio de la autorrepresión para obtenerlo. A las mujeres la abstinencia sexual se les impuso desde la moral sexófoba masculina, sin que nunca ésta pudiera convencerlas de su superioridad ética. Ejercicio de la sexualidad y libertad están juntos en la historia política de resistencia a la dominación, el colonialismo y el autoritarismo. La maternidad voluntaria es precisamente el derecho humano que la ley niega con mayor vehemencia a las mujeres.

    En un principio hablé de conflicto entre normatividad y libertad, considero que ha sido un eje de esta charla; a la par, espero haberlo, aunque implícitamente, relacionado con el porqué los derechos humanos de las mujeres no son vistos como derechos que garantizan el respeto a la condición humana como tal. Los derechos humanos desde su formulación tienen la pretensión de ser una práctica moral que la humanidad necesita para legitimarse como tal; de tal manera no pueden tener límites ni amoldarse a un tipo específico de persona. Ahora bien, desde la moral masculina las mujeres no son la humanidad, sino tan sólo las receptoras pasivas de las reglas que la verdadera, autorizada, humanidad formula para sí misma. La sociedad se amolda al modelo y no es capaz de reconocer en las mujeres al ser humano que el derecho postula como una totalidad que no admite ser fragmentada ni ocultada, porque las mujeres fragmentan la idea de hombre al manifestarse como diferentes. Con esto estoy contradiciendo en parte lo que escribí en Tan derechas y tan humanas, redactado en 1998-99, cuando afirmaba que los derechos humanos promueven el derecho de todas y todos, incluyendo a los que tienen estilos de vida e ideas diferentes a los de la persona que los está definiendo y defendiendo.[9] No quiero decir que no sea un nuevo ideal, un ideal ético y libre, pero en la práctica actual con la nueva (y coherentemente autoritaria) jerarquización de algunos derechos humanos por encima de otros, se está volviendo a una moral excluyente que se abroga el privilegio de definir qué es lo humanamente primordial. En cambio, creo todavía coincidir con lo que escribí en mayo de 2000, en Los momentos y el parteaguas, cuando afirmaba que es necesario redefinir el ser humano desde sus diferencias para decir sin equivocarnos que las mujeres somos tales.[10] Los derechos humanos tienen que ver con la definición del ser humano y se liberan de la norma impuesta desde el modelo autorrepresivo masculino sólo con la inserción real de todas las personas en el concepto de humanidad. Por ello, los derechos humanos sólo podrán ser éticos cuando incidan en el proceso de transformación de la sociedad monosexuada hacia un sistema de autoridades legítimas femeninas, masculinas, hermafroditas, transexuales, que no se rigen por una sola regla moral, y cuya justificación sea el respeto de las personas, su placer en la convivencia, sus derechos sociales y la paz. Semejante camino se inició con la teoría de la diferencia sexual, misma que radicaliza, fincándola en lo sexual, cultural y relacional, una idea que me parece está presente en la formulación de las garantías individuales, desde 1789; eso es, que la no jerarquización entre los derechos del ser humano apunta a afirmar el necesario respeto para las diferencias que constituyen el rasgo específicamente humano de cada individuo y toda comunidad.


  • §  Feminista de la corriente autónoma latinoamericana ha escrito un manual de derechos humanos de la mujeres, Tan derechas y tan humanas (Academia Mexicana de Derechos Humanos, México DF, 2000), y Las ideas feministas latinoamericanas (Desde abajo, Bogotá, 2004; edición mexicana revisada: UCM, México DF). Desde 2002 se ha alejado de los estudios de los derechos humanos por reivindicar una ética de la libertad y chocar teóricamente con la normatividad del derecho. Es novelista, historiadora y se ha doctorado en Estudios Latinoamericanos. Actualmente es secretaria general de la Sociedad Cultural de Nuestra América (SECNA), miembro activo de la Asociación Iberoamericana de Filosofía y Política (AIFyP) y docente de historia de las ideas en la UCM.

[1] El frecuente que se asuma la defensa de las garantías individuales sin relacionarlas con los derechos sociales, educativos, ambientales y culturales, por ejemplo en la Comisión Nacional de Derechos Humanos. Ahora bien, en muchos países regidos por gobiernos de facto, así como en Estados Unidos durante la administración Bush, se atenta contra algunas garantías de primera generación (el derecho de expresión, por ejemplo) en nombre de un supuesto bien común: la defensa de la nación.

[2]  Feminicidio o femicidio son neologismo forjados por las feministas y las organizaciones de mujeres para definir el asesinato sistemático de mujeres por ser mujeres (hijas, hermanas, esposas, amantes, prostitutas, liberadas,  subordinadas, transgresoras, objetos de deseo sexual, etcétera) e incluye tanto el homicidio de la pareja sexual, del padre o de otros miembros masculinos de la familia, como los asesinatos por despecho, seriales,  con fines de lucro con el cuerpo de la mujer (películas snuff, violación extrema, torturas sexuales, etcétera). Los femicidios son la mayoría absoluta de los asesinatos cometidos contra mujeres y no tienen seguimiento específico por el doble juego de la supuesta igualdad de las mujeres y su verdadera discriminación en la ley, su interpretación y su aplicación.

[3]  En América deberíamos tener una conciencia inmediata de la ambigüedad de definir a un grupo de personas o a las formas de actuar de las mismas como naturales. “Natural” significó desde el siglo XVI habitante originario, opuesto al civilizado o histórico conquistador. Desde entonces, la temática filosófica fue condicionada por el contexto de la colonización y se centró, por un lado, sobre el derecho natural, cuya base era el derecho divino, y con el cual se polemizó, cuestionándolo, contra el derecho a la Conquista; y por otro lado, sobre la naturaleza de los habitantes de América, es decir sobre su humanidad. Natural significa inderogable, inmutable, tanto como ahistórico y no político. Definir como natural a un indio o a una mujer significa darle un lugar vinculado a la vida, así como excluirlo del cambio y de las decisiones políticas.

[4]  Michel Foucault, Historia de la sexualidad. 2. El uso de los placeres, Siglo XXI, México, 1988, p. 10.

[5]  Ibidem, p. 24.

[6]  Como Rosi Braidotti considero que: “la noción de género está en un momento de crisis dentro de la teoría y la práctica feministas y que está sufriendo una intensa crítica, tanto por su impropiedad teorética como por su naturaleza políticamente amorfa y vaga. Los sectores desde donde partió la crítica más pertinente del “género” son: el de las teóricas de la diferencia sexual; el de las teóricas poscoloniales y las feministas negras; el de las epistemólogas feministas que trabajan en el campo de las ciencias naturales, especialmente la biología, y el de las pensadoras lesbianas”: Sujetos nómades, Paidós, Buenos Aires, 2000, p. 171.

[7]  Virtud, del latín virtus, traduce el griego areté, pero remite al vir u hombre. De hecho, el término designa cualquier capacidad o potencia de naturaleza moral del hombre. La “virtud de las mujeres” es un oxímoron.

[8] “Entre los opuestos contradictorios no hay un medio. Ésta, en efecto, es la contradicción: la oposición hacia una o hacia la otra parte de la cual está presente otra parte, de tal manera no tiene un medio”, Aristóteles, Metaphysica, X, 7, 1057 a 33, edición Ross, Oxford, 1924.

[9]  Op. Cit., p. 11.

[10] “Hay que ser humana para tener derechos”, en Los momentos y el parteaguas, revista de la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos, n. 3, verano 2000, México D.F., p. 4.

 

:.

Deja una respuesta

Por favor, inicia sesión con uno de estos métodos para publicar tu comentario:

Logo de WordPress.com

Estás comentando usando tu cuenta de WordPress.com. Salir /  Cambiar )

Foto de Facebook

Estás comentando usando tu cuenta de Facebook. Salir /  Cambiar )

Conectando a %s